La Crisis del Coronavirus y la Prohibición de «Cortos»

La crisis del coronavirus ha ocasionado un desplome generalizado de las bolsas. En España, en tan sólo un mes (19 febrero-16 marzo), el IBEX 35 se ha dejado un 40%. Tras cada crisis y para «salvar» la bolsa de los «malvados especuladores», el Gobierno suspende temporalmente las posiciones «cortas». Como afirma Daniel Lacalle (2013: 69%): «Cuando las bolsas se desploman, los Gobiernos, acostumbrados a pensar que todo debe subir siempre y que ninguna caída es justificada, consideran necesaria una intervención. Y lo primero que suelen hacer es culpar a las posiciones cortas». En efecto, el pasado 16 de marzo, la CNMV las prohibió durante un mes debido a la «extrema volatilidad de los mercados de valores». Hoy veremos qué es una inversión «corta» y por qué el Gobierno no debería prohibirlas.

De forma preliminar, debemos evitar los prejuicios contra la especulación. Especular –mirar al futuro– forma parte de la función empresarial y, por tanto, es una actividad inherente a la acción humana (Huerta de Soto, 2010: 41). Todos los inversores en bolsa son empresarios especializados en la especulación diacrónica o intertemporal (Huerta de Soto, 2010: 68), característica en los mercados de valores[1]. «A pesar de su horrible reputación, los especuladores en bolsa desempeñan un servicio crucial en la economía de mercado. Sus intentos de comprar a bajo (precio) y vender alto elimina rápidamente los errores de precio en el mercado de valores» (Murphy, 2006). Es decir, los especuladores, en su búsqueda del beneficio, de forma no intencionada, provocan un «mejor» – más aproximado a la realidad­– ajuste en el precio de las acciones.

Ahora veamos qué son posiciones «largas» y «cortas». 1) Largas. Si el especulador (o inversor) considera que una acción está infravalorada, la compra esperando que el precio suba en el futuro, momento en que la venderá. 2) Cortas. El especulador considera lo contrario –acción sobrevalorada– y hace lo siguiente: a) pide la acción en «préstamo» a su dueño (i.e. fondo de inversión), en un plazo y con pago de intereses; b) siendo ahora el nuevo dueño de la acción,[2] la vende y espera que baje su cotización para volver a comprarla; c) finalmente, al vencimiento del plazo, devuelve al prestamista la acción junto con los intereses, obteniendo, en su caso, un beneficio neto. Según la opinión maniquea del Gobierno español (CNMV), la especulación larga es «buena» y la corta es «mala» (solo si la bolsa se hunde). En ambos casos, si la predicción es acertada, el inversor gana dinero, pero si es equivocada, sufre pérdidas. De forma selectiva, el mercado bursátil conserva a los buenos especuladores y expulsa a los malos.

¿Por qué el Gobierno prohíbe las posiciones cortas? Es inverosímil que los técnicos de la CNMV no entiendan bien el funcionamiento del mercado de valores, por tanto, lo más seguro es que la orden venga «de arriba»: de algún «lumbreras» del Gobierno. Sea como fuere, está extendido el mito de que los cortos hunden las cotizaciones, pero la realidad es otra: «Las cotizaciones se hunden cuando los resultados y la situación financiera empeoran» (Lacalle, 2013: 70%). Los especuladores no juegan temerariamente con el dinero de sus clientes, sino que toman decisiones basadas en un riguroso análisis de la situación de cada empresa, del sector, la competencia, etc.

Quienes prohíben los cortos parecen ignorar que, frecuentemente, los inversores usan los «cortos» para financiar posiciones largas, algo llamado inversión «largo-corto». Las posiciones «cortas» reducen el riesgo de las «largas». Por tanto, si el Gobierno prohíbe las primeras, también reduce las segundas. Las posiciones cortas generan tres beneficios: 1. Incrementan la liquidez de los valores. 2. Dan la oportunidad a las empresas para reaccionar ante noticias o eventos que pudieran reducir el precio de la acción. 3. El prestamista de la acción recibe un interés y mejora su liquidez. (Lacalle, 2013: 68%).

El supervisor que prohíbe los cortos demuestra cobardía y arrogancia.[3] Es cobarde porque rehúye afrontar la realidad del mercado y es arrogante porque cree que puede manipularlo mediante órdenes. Pero lo único que consigue la autoridad es empeorar la situación (Lacalle: 2013: 70%): a) los volúmenes de contratación se desploman y se incrementan los costes de contratación; b) contrariamente a los fines del gobierno, la prohibición aumenta la volatilidad porque (a resultas del punto anterior) las caídas y las subidas son más acentuadas.

Resumiendo, la ciencia económica predice que toda injerencia coactiva en el mercado –intervencionismo o socialismo– tiene efectos perversos en la economía, frecuentemente contrarios a la finalidad pretendida por la autoridad. Como hemos visto, la prohibición de posiciones cortas es tan innecesaria como detrimental. Resulta arbitrario y es de todo punto inaceptable cambiar las reglas del juego cuando el partido se va poniendo feo.

Bibliografía

Huerta de Soto, J. (2010). Socialismo, cálculo económico y función empresarial. Madrid: Unión Editorial.

Lacalle, D. (2013). Nosotros, los mercados. Barcelona: Deusto (Kindle).

Murphy, R. (2006). «The Social Function of Stock Speculators». Mises Institute.

https://mises.org/library/social-function-stock-speculators.

[1] Nos referimos a los agentes de bolsa, sean o no empleados, dedicados profesionalmente a dirigir las inversiones.

[2] Ocurre algo similar en un «plazo fijo»: es un préstamo de dinero donde la propiedad pasa del cliente al banco. No sucede lo mismo con un depósito (cuenta corriente), donde la propiedad no cambia de manos.

[3] «Prohibir los cortos es de cobardicas» es el subtítulo del cap. 30 del libro de Lacalle (2013): Nosotros, los mercados.

Fuente: Instituto Juan de Mariana

Las opiniones expresadas en artículos publicados en www.fundacionbases.org no son necesariamente las de la Fundación Internacional Bases

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